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Jubilaciones de Anses: la suba por movilidad será en septiembre de 23,29% y habrá un bono solo para quienes cobran el haber mínimo

El reajuste de las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses y de otras prestaciones, como las asignaciones por hijo, será en septiembre de 23,29%, según lo anunciado hoy por el mi...

El reajuste de las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses y de otras prestaciones, como las asignaciones por hijo, será en septiembre de 23,29%, según lo anunciado hoy por el ministro de Economía, Sergio Massa y la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, en un video trasmitido por Youtube, sin posibilidad de preguntas. De esta forma, y en línea con lo anticipado por LA NACION la semana última, el haber mínimo pasará de $70.938 a $87.460, en bruto ($84.836 será el monto neto del aporte al PAMI), en tanto que el haber máximo pasará de $477.347 a $588.521. Los nuevos valores regirán en septiembre, octubre y noviembre, ya que en diciembre deberá concretarse una nueva actualización.

La recomposición, que se otorga en función de lo establecido por la ley de movilidad, alcanza también a los beneficios no contributivos, como la PUAM, y a las asignaciones por hijo, tanto a la AUH (que subirá de $13.864 a $17.093) como a las prestaciones por hijo que percibe un grupo de asalariados del sector formal y de monotributistas y que, dependiendo del nivel de ingresos de las familias, subirán de $13.864 a $17.093; de $9350 a $11.528; de $5654 a $6971, y de $2915 a $3594.

Además, suben en igual porcentaje -23,29%- los aportes previsonales de los autónomos y las remuneraciones mínima y máxima para el cálculo de los aportes a la seguridad social.

A la recomposición por movilidad se adicionará el pago de un bono de $27.000 mensuales durante el período de septiembre a noviembre, que alcanzará a quienes cobran el haber mínimo. Para quienes perciben algo más, no se anunció esta vez el pago de ningún adicional, a diferencia de lo que venía ocurriendo en los últimos trimestres, cuando se disponía el cobro de refuerzos para quienes tienen ingresos de hasta el equivalente a dos veces el ingreso básico del sistema.

En el caso de quienes tienen el haber mínimo y, además, se jubilaron sin necesidad de moratoria (es decir, habiendo cumplido con el requisito de 30 años de aportes dispuesto por la ley), recibirán en septiembre un suplemento de $9300, por la cláusula de la ley 27.426. que indica que en esos casos el Estado debe garantizar un haber (sin contar los bonos) no inferior al 82% del salario mínimo, vital y móvil. En septiembre, esta variable será de $118.000 y, por tanto, el 82% es $96.760. En rigor, todos quienes tengan un haber bruto (ya actualizado con el índice de 23,29%) inferior a los $96.760 recibirán un monto tal que se complete esa cifra.

Los reajustes por movilidad acumulan así, en los primeros nueve meses del año, un 74,5%, un índice que se ubica muy por debajo de la inflación estimada para ese lapso. Según las proyecciones de diferentes consultoras económicas, luego de que en el primer semestre el índice de precios al consumidor subió un 50,7%, entre julio y septiembre el avance estará entre el 7,5% y el 8,5% en cada uno de esos meses. Así, la inflación acumulada llegaría a alrededor de 90%. Y eso determinaría, para los jubilados que no cobran bonos, una caída del poder adquisitivo de alrededor de 8%, tomando como punto de partida el inicio de 2023. Para quienes ahora perderían el refuerzo que venían cobrando (al menos, según lo anunciado), la pérdida sería mayor aún.

Frente a la ineficiencia de la fórmula de movilidad -vigente desde 2021- para cumplir con el objetivo de mantener el poder adquisitivo de los haberes, el Gobierno otorga discrecionalmente y desde septiembre de 2022 bonos de refuerzo, sin que se haya abarcado nunca a todos los jubilados y pensionados, pese a que las caídas de poder adquisitivo son generalizadas.

La fórmula de cálculo

De acuerdo con la ley, los ingresos de las prestaciones previsionales y del salario familiar se reajustan en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. Los porcentajes surgen de un cálculo que contempla la variación interanual referida a un trimestre de la recaudación de los impuestos, cuyos recursos se derivan parcial o totalmente a la Anses, medida por beneficio, y la evolución trimestral de los salarios, según uno de dos indicadores, la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) o el índice de salarios del Indec (de los dos, se toma el que arroja para el período de referencia el valor más alto). Esta vez se consideró el Ripte, que en el trimestre de referencia (el segundo del año) avanzó un 26,05%.

En el primer semestre del año, para quienes recibieron el aumento de 41,5% y no tuvieron bonos, la caída del poder de compra llegó a más de 6%, y es aún mayor en julio y agosto, en tanto que la pérdida del valor real de los ingresos con respecto a un año atrás llegó a 12,3% en junio. En el caso de quienes cobran refuerzos, también hubo una baja de los haberes medidos en términos reales si se considera la primera mitad de 2023, y el efecto fue mayor para quienes tuvieron una reducción del importe del adicional percibido.

En el actual mes de agosto, quienes tienen haberes de hasta $70.938 (incluyendo a quienes perciben pensiones no contributivas) cobran un bono de $20.000. En tanto, con un haber superior a $70.938 y de hasta $85.938 perciben un refuerzo equivalente al monto necesario para completar $90.938; si se tiene un haber bruto mensual de más de $85.938 y de hasta $141.876, el extra es de $5000 y, finalmente, con un ingreso mayor a $141.876 y de hasta $146.876 se recibe lo necesario para llegar a $146.876.

Y solo quienes accedieron a su prestación previsional sin moratoria rige la garantía de la ley 24.476, aprobada en 2017, que indica que el haber mensual (sin contar los bonos) no puede ser inferior al 82% del salario mínimo, vital y móvil. Esto se traduce en que quienes tienen un haber bruto mensual de hasta $86.510 reciben por julio un suplemento de hasta $15.571, y quienes perciben un ingreso de hasta $92.250 un adicional, por agosto, de hasta $21.312. En septiembre, como ya se explicó, la cláusula legal implica el pago de un extra de hasta $9300. Y en el caso de octubre, habrá que esperar a ver si habrá una definición sobre un nuevo reajuste del salario mínimo, algo esperable dado el elevado nivel de inflación.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/por-movilidad-las-jubilaciones-subiran-en-septiembre-un-2329-nid10082023/

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