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Violencia de género: los argumentos de la jueza para condenar a Sebastián Villa por lesiones y amenazas

Poco más de 13 horas habían pasado desde el momento en Sebastián Villa que dejó el vestuario usado por Boca en la derrota ante Arsenal y ese instante que, con algunas lágrimas, escuchó el fal...

Poco más de 13 horas habían pasado desde el momento en Sebastián Villa que dejó el vestuario usado por Boca en la derrota ante Arsenal y ese instante que, con algunas lágrimas, escuchó el fallo emitido por la jueza Claudia Dávalos. El futbolista fue condenado a una pena de dos años y un mes de cumplimiento condicional por las lesiones leves y amenazas sufridas en 2020 por su entonces pareja, Daniela Cortés Meneses. Sin hacer comentarios, el delantero colombiano se retiró de la sala de audiencias del Juzgado Correccional 2 de Lomas de Zamora, donde se desarrolló el juicio iniciado el 17 de abril pasado. La víctima, que había seguido el debate oral en forma remota desde Colombia, país al que volvió luego de denunciar la agresión y las intimidaciones, no presenció la jornada final, de la que Villa se retiró en libertad, ya que la sentencia no implica su traslado a prisión mientras cumpla con las pautas fijadas por la magistrada.

Entre los requisitos fijados por la jueza Dávalos para que Villa mantenga su libertad figura fijar una residencia, someterse bimestralmente al control del Patronato de Liberados, no tener contacto con Cortés Meneses ni con su familia, abstenerse de consumir estupefacientes o abusar del consumo de alcohol, someterse a un tratamiento psicosocial y participar de talleres sobre violencia de género.

La pena impuesta a Villa quedó en línea con la condena solicitada por el fiscal Sergio Anauati, quien había pedido que el futbolista fuera condenado a dos años y tres meses de prisión de cumplimiento condicional. El máximo de pena previsto para el delito de lesiones leves es de dos años, mientras que el tope para amenazas está fijado en cuatro años. El abogado del jugador de Boca anticipó que presentará una apelación a esa sentencia. La posición de la defensa durante el juicio fue considerar falsa la denuncia efectuada por Cortés Meneses, una opinión que no fue compartida por la jueza.

A partir de esa condena en primera instancia se abre un período de incertidumbre sobre el futuro laboral de Villa, ya que si bien la pena no restringe su libertad de movimientos y trabajo, Boca apartaría de su equipo al hombre señalado por la Justicia como culpable de violencia de género. La formación titular de ese club, Villa incluido, pasó la noche anterior al fallo con un cartel con la consigna “Ni Una Menos”. Y la situación particular de Villa tiene un condicionante adicional: fue acusado por otra mujer de abuso sexual agravado, definición judicial de una violación.

Ese expediente es tramitado por la fiscal Vanesa González, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 descentralizada de Esteban Echeverría, que el pasado 12 de mayo solicitó la elevación a juicio de la causa, que tiene una potencial pena prevista entre los seis y 15 años de prisión. Por lo pronto, Villa fue declarado responsable de las lesiones y amenazas sufridas por Cortés Meneses en el contexto de violencia de género.

“Relación desigual de poder”

La magistrada Dávalos en su fallo dio por acreditado que “mediando violencia de género, ante una relación desigual de poder, aquel (Villa) le propinó un golpe de puño en la frente (a Cortés Meneses) con el anillo que entonces portaba, para posteriormente tomarla del brazo y del cabello arrojándola al suelo y propinarle golpes de puños y patadas, en piernas, abdomen, muslos y caderas” en la casa que ambos compartían en un country de Canning.

La mujer expuso esa agresión primero en las redes sociales, a modo de denuncia pública. En su cuenta de Instagram publicó fotos de su rostro y cuerpo golpeados. Ratificó esa situación cuando se presentó ante la Justicia.

Los hechos que derivaron en la condena del futbolista ocurrieron el 27 de abril de 2020 en la casa que compartían Villa y su por entonces novia en el barrio privado Saint Thomas, de Canning, los cuales fueron investigados por la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 descentralizada de Esteban Echeverría, especializada en violencia de género. La misma que realizó la instrucción y elevó a juicio la causa por la denuncia de abuso sexual agravado realizada en 2021 por otra mujer.

“A las claras, el encausado, aprovechando la situación desigual de poder y en el marco de una relación altamente conflictiva de acuerdo con lo manifestado por los testigos allegados a la pareja, en primer lugar amenazó coactivamente a la víctima a irse de su domicilio para posteriormente causarle lesiones certificadas como leves, menoscabando su libertad, dignidad, integridad física y biológica, en un ambiente de violencia de género que venía soportando Cortés Meneses”, agregó en su dictamen la jueza Dávalos, según consignó Télam.

La magistrada puntualizó que ese día “no era la primera vez” que se producía un hecho de “violencia física”, aunque “Cortés Meneses decidió denunciarlo en la Argentina por el miedo y el amedrentamiento que le generaron las amenazas coactivas, ansiando volver lo antes posible a su Estado de origen, con su círculo familiar, para estar contenida, amparada y poder superar estos eventos”.

“Resulta importante mencionar que el evento se dio en contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y, a excepción de su amiga y su hermana, la familia de la víctima desconocía el contexto de violencia, careciendo así de la contención y apoyo suficiente para afrontar la situación, lo que se demuestra con las llamadas telefónicas reproducidas en el debate”, describió la jueza Dávalos sobre las circunstancias del hecho.

En su alegato, el fiscal Anauati había afirmado que Cortés “vivió una situación traumática” en la que existió “una escalada de violencia”. Y en esa fundamentación del pedido de una condena, el representante del Ministerio Público Fiscal agregó: “De lo que hemos podido auditar de los testigos y la prueba documental incorporada por ambas partes, estamos en la necesidad de valorar todo aquello que se ha incorporado teniendo en consideración conceptos como la violencia de género y la relación de desigualdad de poder”.

Villa, como se consignó, se fue del juzgado en silencio. El martes pasado había dicho sus últimas palabras ante la jueza Dávalos y en esa oportunidad expresó que no había cometido el delito por el que ahora fue condenado. Un día antes había sido más directo al dar su testimonio durante el juicio, sin aceptar preguntas de la fiscalía. En ese momento acusó a la víctima de ser en realidad victimaria. “Me arañaba; yo usaba manga larga por vergüenza para que mis compañeros no vieran que me golpeaban en casa”, dijo entonces Villa, según consignó Télam.

También argumentó que el motivo detrás de la denuncia de Cortés Meneses sería el interés económico que la mujer perseguía, según expresó Villa, en la relación que mantuvieron durante el período de aislamiento por la pandemia del Covid-19. Aseguró el futbolista -que como acusado no tiene la obligación de decir la verdad como los testigos- que poco antes del día señalado como el momento de los denunciados golpes la joven colombiana le había exigido US$150.000. Los peritos psicológicos y psiquiátricos que entrevistaron a la víctima, en cambio, sustentaron la denuncia al señalar que Cortés Meneses no mostraba signos de fabulación. La mujer declaró, en tanto, que Villa era violento cuando bebía alcohol y que la agresión con golpes y patadas se produjo luego de que ella mencionase que quería terminar la relación.

Otra causa en el horizonte de Villa

Condenado a dos años y un mes de cárcel, de ejecución condicional, por lesiones leves y amenazas en el contexto de violencia de género, Sebastián Villa tiene por delante una acusación más grave en la Justicia. El 12 del mes pasado la fiscal Vanesa González, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) descentralizada 3 de Esteban Echeverría, pidió la elevación a juicio de la causa que tiene al futbolista colombiano como imputado del delito de abuso sexual agravado. En caso de ser encontrado culpable, la posible pena oscila entre los seis y 15 años de prisión.

La denuncia fue realizada por Rocío Tamara Doldan, que mantenía con Villa una relación sentimental cuando habría sido golpeada y abusada sexualmente por el delantero de Boca el 26 de junio de 2021, en una casa ubicada en el country Venado II, en la localidad de Canning.

La fiscal González había pedido el arresto preventivo de Villa el 7 de junio de 2022 por considerar que existía peligro de fuga debido a la expectativa de pena que tiene el delito que se le imputa. Sin embargo, la solicitud fue rechazada por el juez de Garantías de Lomas de Zamora, Javier Maffucci Moore.

En ese escrito, el juez explicó que si bien existe “una fuerte sospecha” respecto de que haya existido el hecho “con la participación del encausado en él”, hay “numerosas inconsistencias y faltantes tanto en la colecta probatoria, como en la argumentación, fundamentación y motivación de la solicitud realizada”. En esa oportunidad también rechazó un pedido de eximición de prisión realizado por el abogado Martín Apolo, defensor de Villa, ya que el delito tiene un pena de cumplimiento efectivo e “impide la eventual aplicación de una condena en suspenso”

La fiscal, que también instruyó la causa contra Villa que derivó en la condena de ayer, argumentó, al cerrar luego la instrucción del caso, que “en momentos que ambos se encontraban acostados, el mentado Villa comienza a insultarla a Doldan, tomándola de los cabellos para luego pegarle una cachetada en el rostro”.

Para la fiscal, Villa puso a la víctima “en un estado de indefensión impidiendo así que la misma se retire del lugar”, tal como ella deseaba. Y fundamentó la acusación al señalar que en esas circunstancia Villa abusó de la joven, que en ese momento tenía 25 años.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/seguridad/violencia-de-genero-los-argumentos-de-la-jueza-para-condenar-a-sebastian-villa-por-lesiones-y-nid02062023/

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