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Se oficializó la reforma de la Ley de Alquileres: cuáles son los cambios

El Congreso comunicó al Poder Ejecutivo las últimas reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, entre las cuales se incluyen ...

El Congreso comunicó al Poder Ejecutivo las últimas reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, entre las cuales se incluyen las modificaciones a la Ley de Alquileres, aprobadas el 10 de octubre. Los cambios fueron publicados este martes en el Boletín Oficial, a la espera de su promulgación y consecuente entrada en vigencia.

La comunicación - que lleva la firma de la titular de la Cámara alta, Cristina Kirchner, y de su par de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau- establece las variantes introducidas a la ley 27.551, respaldadas la semana pasada en la Cámara baja.

Según las variaciones que se aplicarán sobre la norma vigente, los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual normativa, a partir de un nuevo índice.

“En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis meses”, precisa.

En tanto, el texto detalla que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina”.

La normativa aprobada, además, incorporó un párrafo en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En esa línea, la nueva ley propone “elevar y difundir de manera periódica y actualizada información estadística sobre la situación de locaciones con fin habitacional, en la República Argentina, identificando demanda locativa y cantidad de hogares inquilinos, y sobre la demanda habitacional de alquiler social, beneficiarios alcanzados y las medidas adoptadas para su cumplimiento”.

El proyecto en cuestión, fue aprobado en Diputados por 128 votos a favor y tuvo 114 en contra con los cambios incluidos por el Senado e impulsados por el Frente de Todos (FdT).

“Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes”, aclara la comunicación, donde también invitan “a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a aprobar beneficios tributarios en sus jurisdicciones en los contratos de locación con destino casa-habitación celebrados y registrados conforme a la ley, así como también sus prórrogas, cesiones y transferencias”.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/se-oficializo-la-reforma-de-la-ley-de-alquileres-cuales-son-los-cambios-nid17102023/

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