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Ley de Alquileres: diputados dieron media sanción a la reforma.

La iniciativa reduce el plazo de los contratos a 2 años y una actualización del alquiler cada cuatro meses.

En una sesión realizada este miércoles en la Cámara de Diputados se dio media sanción a un proyecto de reforma de la Ley de Alquileres. En la iniciativa, buscan reducir el plazo de contrato a 2 años y que la actualización de los montos sea cada 4 meses con un índice pactado entre partes. 

El quórum reglamentario se dio por parte de 129 diputados de Juntos por el CambioCórdoba FederalIdentidad BonaerenseInterbloque Federal, SerJuntos por Río Negro y La Libertad Avanza. Dentro del debate, 112 legisladores del Frente de Todos y la izquierda rechazaron las reformas que pidió JxC y sectores provinciales. 

En el oficialismo, buscaron mantener la vigencia de la ley pero buscando incorporar "una serie de incentivos para poder aumentar el stock de viviendas en alquiler". El presidente del bloque de diputados del Frente de Todos (FDT), Germán Martínez, señaló que se podría agregar el proyecto que regule los alquileres temporarios para "volcar más inmuebles al alquiler tradicional" promoviendo "incentivos fiscales" para que más propiedades pasen al alquiler. Asimismo, subrayaron que los inquilinos son "la parte más débil" dentro de los acuerdos inmobiliarios.

Los cambios al texto de la oposición fueron negociados con Graciela Camaño, en representación del Interbloque Federal, y Agustín Domingo, por los rionegrinos. “Nosotros solo intentamos mejorar la oferta. Esta ley no fue pensada para una Argentina de 476% de inflación”, sostuvo la bonaerense. 

Por último, el diputado y candidato a presidente, Javier Milei, sostuvo que hay que "eliminar" la Ley de Alquileres y "dejar de interferir en contratos privados pulverizando el derecho de propiedad"

Ahora, el proyecto derivó al Senado para su rechazo o aprobación total. 

Los detalles de la reforma

  • Los aumentos en el alquiler se podrán establecer cada 4 meses: “Las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden".
  • El plazo mínimo del contrato será de dos años y se considerará de ese plazo si su duración no está estipulada, pero el inquilino o locatario puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.
  • En caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino o locatario el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. Tampoco podrá exigirse un pago de “valor llave o equivalente” ni la firma de pagarés “o cualquier otro documento que no forme parte del contrato original”.
  • En cuanto a las reparaciones de la unidad en alquiler, se establece que el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino o locatario y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes. Si transcurridos esos plazos no hay respuesta, el inquilino puede hacerse cargo de las reparaciones, con cargo de los costos al propietario.
  • Todos los contratos deben ser declarados ante la AFIP.
  • Para incentivar el reactivo del mercado inmobiliario propone: exenciones al monotributo para aquellos propietarios que “no realicen más de tres actividades simultáneas o no posean más de tres unidades de explotación” para incentivar el reactivo del mercado inmobiliario, la exención del pago del impuesto a los Bienes Personales y la liberación del pago del impuesto al cheque las operaciones bancarias.

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