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La Argentina reglamenta la Ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación

El 8 de junio de 2023, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 304/23, que reglamenta la Ley N° 27.635 de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comun...

El 8 de junio de 2023, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 304/23, que reglamenta la Ley N° 27.635 de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación. Este nuevo régimen tiene como objetivo promover la equidad y la diversidad sexual en los servicios de comunicación, garantizando la igualdad de derechos, oportunidades y trato para todas las personas, independientemente de su identidad de género u orientación sexual.

El decreto establece medidas de acción positiva para impulsar la igualdad real de derechos y oportunidades, así como la no discriminación por género y orientación sexual. También busca crear políticas de inclusión laboral y promover espacios libres de violencia y acoso.

En el caso de los prestadores de gestión estatal, el régimen se aplica de manera obligatoria. Esto significa que deben cumplir con el “principio de equidad” en la totalidad de su personal, incluyendo a personas travestis, transexuales, transgéneros e intersexuales, en una proporción no inferior al 1% del total.

En cuanto a los prestadores de gestión privada con o sin fines de lucro, el régimen es de promoción. Estos prestadores pueden inscribirse en un registro público que será creado por la autoridad de aplicación, que en este caso es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Si cumplen con el principio de equidad, podrán obtener un certificado de equidad en la representación de géneros y recibir preferencias en la asignación de publicidad oficial por parte de entidades del sector público nacional.

Para obtener el certificado, los prestadores privados deben presentar anualmente un informe que demuestre avances en materia de equidad. El informe debe detallar el cumplimiento de al menos cuatro de los siguientes requisitos: procesos de selección de personal basados en la equidad; políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y diversidad sexual; capacitaciones permanentes sobre género y comunicación igualitaria y no discriminatoria; acciones para promover la distribución equitativa de las tareas de cuidado; disponibilidad de salas de lactancia y/o centros de cuidado infantil; promoción del uso de lenguaje inclusivo en la producción y difusión de contenidos de comunicación; e implementación de un protocolo para prevenir la violencia laboral y de género.

Además, el decreto establece la creación de una Unidad de Coordinación Interjurisdiccional integrada por representantes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, el Ente Nacional de las Comunicaciones y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Esta unidad tiene como objetivo garantizar la coordinación necesaria para el cumplimiento efectivo del régimen.

Con esta reglamentación, la Argentina busca promover la equidad y la diversidad en los servicios de comunicación, fomentando un ambiente inclusivo y respetuoso en el ámbito laboral y en la producción de contenidos de comunicación.

María Inés Corrá es socia del estudio Bomchil, especializada en litigios complejos, arbitraje internacional, infraestructura y sectores regulados.

Marina Wagmaister es asociada del estudio Bomchil e integra el Departamento de Regulación Económica y Derecho Administrativo.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/la-argentina-reglamenta-la-ley-de-equidad-en-la-representacion-de-los-generos-en-los-servicios-de-nid11072023/

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